Ley 17.919
Modifícanse los Artículos 22 y 23 de la Ley 17.684, relativos al cargo de
Comisionado Parlamentario para el Sistema Carcelario.
(2.229*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo Unico
Modifícanse los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 17.864, de 29 de agosto
de 2003, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
"ARTICULO 22.- El cargo de Comisionado Parlamentario para el Sistema
Carcelario es incompatible con otra actividad remunerada, pública o
privada, salvo el ejercicio de la docencia. No obstante, si ocupara algún
cargo público, quedará comprendido en lo establecido por el artículo 12
de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001".
"ARTICULO 23.- Se autoriza al Comisionado Parlamentario para el Sistema
Carcelario a solicitar el pase en comisión de hasta diez funcionarios
públicos, de acuerdo a lo que establece el artículo 67 de la Ley Nº
17.556, de 18 de setiembre de 2002. A estos efectos no regirá la
prohibición establecida en el artículo 507 de la Ley Nº 16.736, de 5 de
enero de 1996".
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de
noviembre de 2005.
NORA CASTRO, Presidenta; MARTI DALGALARRONDO AÑON, Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 21 de Noviembre de 2005
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JOSE DIAZ; REINALDO
GARGANO; DANILO ASTORI; AZUCENA BERRUTTI; JORGE BROVETTO; VICTOR ROSSI;
JORGE LEPRA; EDUARDO BONOMI; MARIA JULIA MUÑOZ; JOSE MUJICA; HECTOR
LESCANO; MARIANO ARANA; MARINA ARISMENDI.