Fecha de Publicación: 02/01/2006
Página: 4-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Al efectuar los pagos a los comercios alcanzados por este régimen las
empresas administradoras de tarjetas informarán a los mismos respecto a
los montos acreditados a los usuarios de las tarjetas por las operaciones
comprendidas.
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