(Creación. Integración).- Créase la Comisión Honoraria para la
Prevención, Control y Erradicación de la Violencia en el Deporte,
dependiente del Ministerio del Interior, que se integrará de la siguiente
manera:
- Dos representantes del Ministerio del Interior.
- Dos representantes del Ministerio de Turismo y Deporte.
- Dos representantes del Congreso de Intendentes.
- Tres personalidades del deporte seleccionadas por el Poder
Ejecutivo a propuesta de las siguientes instituciones: Asociación
Uruguaya de Fútbol, Organización de Fútbol del Interior, Mutual
Uruguaya de Futbolistas Profesionales, Federación Uruguaya de
Basketball, Basketbolistas Uruguayos Asociados, Comité Olímpico
Uruguayo y Confederación Uruguaya de Deportes.
Las personalidades titulares seleccionadas deberán ser propuestas por
instituciones diferentes.
Los representantes durarán tres años en sus funciones, pudiendo ser
reelectos.
Junto con los titulares, serán designados doble número de suplentes.
En caso de cese o vacancia de un miembro de la Comisión, ingresará su
suplente hasta el fin del mandato.