CONSEJO DE MINISTROS
(Ejercicio del derecho a proponer candidatos).- El Estado uruguayo podrá ejercer el derecho que le confiere el Estatuto de Roma a proponer candidatos, cuando la Asamblea de los Estados Partes fuese convocada para la elección de magistrados de la Corte Penal Internacional o de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.Ayuda