Fecha de Publicación: 18/01/2007
Página: 307-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 104

 Exonérase a las empresas de prensa escrita de la Tasa Consular y fíjase en el 0% (cero por ciento) la comisión del Banco de la República Oriental del Uruguay, correspondiente a las importaciones de papel que realicen directamente destinadas a la producción de diarios y revistas. 
Ayuda