Fecha de Publicación: 08/08/2007
Página: 263-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 19

 ASSE dictará dentro del plazo de 180 días, a partir de la vigencia de la
presente ley, las disposiciones relativas al procedimiento administrativo
en general y disciplinario en particular, sobre la base de los siguientes
principios:
   A)     Imparcialidad.
   B)     Legalidad objetiva.
   C)     Impulsión de oficio.
   D)     Verdad material.
   E)     Economía, celeridad y eficacia.
   F)     Informalismo en favor del administrado.
   G)     Flexibilidad, materialidad y ausencia de ritualismos.
   H)     Delegación material.
   I)     Debido procedimiento.
   J)     Contradicción.
   K)     Buena fe, lealtad y presunción de verdad, salvo prueba en
          contrario.
   L)     Motivación de la decisión.
   M)     Gratuidad.

                              CAPITULO VIII
                         DISPOSICION TRANSITORIA
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