Fecha de Publicación: 26/05/2008
Página: 369-A
Carilla: 15

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 4

 (Requisitos).- A los efectos indicados en este artículo, en todos los
casos la solicitud de inscripción o reinscripción deberá ser acompañada de
la habilitación municipal pertinente.
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