MINISTERIO DEL INTERIOR
(Facultades de la orden de allanamiento).- La policía deberá conducir a dependencias policiales a las personas flagrantemente responsables de hechos delictivos que se encuentren en la morada allanada aunque la orden de allanamiento, no incluya la orden de detención, dando cuenta de inmediato al Juez competente, conforme al artículo 6º de la presente ley.Ayuda