(Constatación del estado de salud de la persona detenida o conducida).-
En caso que una persona que registre ingreso como detenida o conducida en
dependencias policiales se encuentre herida o en presunto estado de
intoxicación por alcohol u otro tipo de sustancia, la policía deberá
solicitar apoyo médico para brindarle inmediata atención (artículo 16 de
la presente ley).