Fecha de Publicación: 22/07/2008
Página: 142-A
Carilla: 4

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 9

 (Concepto de mando).- El mando es la facultad reglamentaria que tiene el
superior sobre sus subordinados e implica la capacidad de tomar las
decisiones adecuadas, desde el punto de vista técnico profesional, frente
a cada circunstancia, con rapidez y seguridad.
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