Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 132

 (Oposición a la aprobación judicial de la Comisión de Acreedores).-
Cualquier acreedor podrá oponerse a la aprobación judicial de la elección
de los miembros de la Comisión de Acreedores alegando infracción a la ley.
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