CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.
(Domicilio procesal).- Todos los comparecientes en el procedimiento
concursal deberán constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. De no
hacerlo se lo tendrá por constituido en los estrados.
SECCION 2
TRAMITE POSTERIOR A LA SOLICITUD
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