Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 15

 (Concurso solicitado por el deudor).- Si el concurso es solicitado por el
deudor, directamente o a través de sus representantes, el Juez se
expedirá, sin más trámite, dentro de los dos días de presentada la
solicitud.
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