CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.
(Aprobación judicial en caso de falta de oposición).- Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 153 sin que se hubiere formulado oposición, el Juez dictará auto en el primer día hábil posterior aprobando el convenio de acreedores.Ayuda