Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 158

 (Ambito subjetivo del convenio).- El convenio será obligatorio para el
deudor y para los acreedores quirografarios y subordinados cuyos créditos
fueran anteriores a la declaración judicial de concurso, incluidos los
que, por cualquier causa, no hubieran sido verificados.
Ayuda