Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 159

 (Efecto novatorio sobre los créditos).- Por virtud del convenio, los
créditos quirografarios y subordinados quedarán definitivamente
extinguidos en la parte en que se hubiera hecho condonación al deudor,
salvo que en el propio convenio se disponga lo contrario o que la
sentencia de calificación condene a la cobertura de la totalidad o parte
del déficit patrimonial.
Los créditos quirografarios y subordinados serán exigibles conforme a lo
pactado, salvo que la sentencia de calificación condene a la cobertura de
la totalidad o parte del déficit patrimonial.
Ayuda