Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 162

 (Convocatoria a la asamblea de socios o accionistas).- Si el deudor fuera
una persona jurídica que tuviera suspendida su legitimación para disponer
y obligar a la masa del concurso, el síndico, dentro de los cinco días
siguientes a la fecha en que alcance firmeza la resolución judicial de
aprobación del convenio, convocará a la asamblea de socios o accionistas
para el nombramiento de administradores o de liquidadores.

                                CAPITULO V
                  ADHESIONES A LA PROPUESTA DE CONVENIO
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