CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.
(Cuotas de los acreedores quirografarios).- El pago de los créditos quirografarios se efectuará en función de la liquidez de que dispongan los síndicos mediante entrega de cuotas a cuenta de, por lo menos, el 5% (cinco por ciento) del monto de los créditos.Ayuda