Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 19

 (Contenido de la sentencia).- La sentencia judicial que declare el
concurso del deudor deberá contener:
1)     Declaración de concurso del deudor.
2)     Suspensión o limitación de la legitimación del deudor para disponer
       y obligar a la masa del concurso, según corresponda.
3)     Designación de síndico o interventor, según corresponda.
4)     Convocatoria de la Junta de Acreedores a celebrarse dentro del
       plazo máximo de ciento ochenta días.
5)     Inscripción de la sentencia en el Registro Nacional de Actos
       Personales, Sección Interdicciones, y publicación de un extracto de
       la misma en el Diario Oficial.
En caso de solicitudes conjuntas de concurso (artículo 9º), el Juez
designará en todos los procedimientos al mismo síndico o interventor.
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