CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.
(Recursos contra la sentencia).- La sentencia que declare el concurso
será apelable por el deudor o por cualquiera que tenga un interés
legítimo, dentro del plazo de seis días de la última publicación. El
recurso no tendrá efecto suspensivo.
CAPITULO III
MEDIDAS CAUTELARES POSTERIORES A LA DECLARACION DE CONCURSO
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