Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 241

 (Ley aplicable al concurso).- La ley uruguaya será la aplicable a todos
los concursos declarados en la República, con excepción de las normas
relativas a los efectos de la declaración del concurso sobre los contratos
celebrados por el deudor que se regirán por la ley aplicable al contrato.
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