Fecha de Publicación: 03/11/2008
Página: 398-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.

Artículo 251

 (Publicidad de los procedimientos).- Todos los procedimientos referidos
en la presente ley serán públicos, salvo resolución fundada del Tribunal.
Se promoverá la difusión de las resultancias de los procesos concursales a
los efectos de informar a todas las personas directa o indirectamente
interesadas en los mismos.
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