CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 04/11/2008.
(Plazo para la solicitud de verificación).- Los acreedores deberán presentarse a verificar sus créditos dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de declaración judicial de concurso. La no finalización de la verificación de los créditos, en ningún caso será causal de suspensión de la Junta de Acreedores.Ayuda