MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Quórum y mayorías).- El Consejo Honorario podrá sesionar con un quórum de cuatro miembros y adoptar resoluciones válidas con idéntica mayoría de votos conformes, salvo los casos en que expresamente se establezcan quórum o mayorías especiales. En caso de empate en las votaciones, el Presidente tendrá doble voto.Ayuda