Fecha de Publicación: 17/11/2008
Página: 672-A
Carilla: 30

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 41

 (Monto de retiro mínimo y máximo).- El monto mínimo de asignación de
retiro correspondiente al régimen de transición será de $ 2.219 (dos mil
doscientos diecinueve pesos uruguayos).
El monto máximo de retiro será, a partir del 1º de julio de 2011, de $
30.000 (treinta mil pesos uruguayos), el que se elevará en $ 1.500 (mil
quinientos pesos uruguayos) por año para quienes configuren causal de
retiro en los cinco años siguientes.
A partir del 1° de julio de 2017 la asignación máxima de retiro será de $
30.000 (treinta mil pesos uruguayos).

                                TITULO IV
                          DISPOSICIONES COMUNES

                                Capítulo I
                          De la materia gravada
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