MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Anulación).- Denegado el recurso, podrá el recurrente interponer, únicamente por razones de juridicidad, demanda de anulación del acto impugnado ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil, fijando el turno en relación a la fecha en que el acto impugnado fuera dictado.Ayuda