Fecha de Publicación: 14/11/2008
Página: 625-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 26

 (Naturaleza de la asamblea y clases).- La Asamblea General es la reunión
de los socios de la cooperativa a los efectos de adoptar las decisiones
que le competen, de acuerdo con lo que establecen las normas legales,
reglamentarias y estatutarias.
La Asamblea General, que será ordinaria o extraordinaria, es la autoridad
máxima de la cooperativa. Sus decisiones adoptadas conforme a la presente
ley, el estatuto y el reglamento, obligan a los demás órganos y a todos
los socios.
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