Ley 18.435
Créase el Archivo Nacional de la Memoria.
(2.880*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
(Creación).- Créase el Archivo Nacional de la Memoria, dependiente del
Archivo General de la Nación, sin perjuicio de las atribuciones que a éste
le competen.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; MARIA SIMON; DAISY TOURNE;
GONZALO FERNANDEZ; ALVARO GARCIA; JOSE BAYARDI; VICTOR ROSSI; DANIEL
MARTINEZ; EDUARDO BONOMI; MARIA JULIA MUÑOZ; ERNESTO AGAZZI; HECTOR
LESCANO; JACK COURIEL; MARINA ARISMENDI.