Fecha de Publicación: 30/12/2008
Página: 1196-A
Carilla: 18

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 2

 (Objetivos).- El Archivo Nacional de la Memoria tendrá como objetivo
promover la importancia de la vigencia de los derechos humanos y de la
democracia mediante el pleno ejercicio del derecho individual y colectivo
a la verdad, a la memoria y al acceso a la información pública sobre las
violaciones a los derechos humanos por parte del Estado, ocurridas en el
período comprendido entre el 9 de febrero de 1973 y el 1º de marzo de
1985. Se incorporarán, asimismo, documentos anteriores o posteriores a
esas fechas, si a juicio del Consejo Directivo son considerados
importantes para la recopilación de los materiales correspondientes al
citado período.
Ayuda