Fecha de Publicación: 16/01/2009
Página: 247-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 13

 (Fines).- La política educativa nacional tendrá en cuenta los siguientes
fines:
A)  Promover la justicia, la solidaridad, la libertad, la democracia,
    la inclusión social, la integración regional e internacional y la
    convivencia pacífica.
B)  Procurar que las personas adquieran aprendizajes que les permitan
    un desarrollo integral relacionado con aprender a ser, aprender a
    aprender, aprender a hacer y aprender a vivir juntos. Para ello, la
    educación deberá contemplar los diferentes contextos, necesidades e
    intereses, para que todas las personas puedan apropiarse y desarrollar
    los contenidos de la cultura local, nacional, regional y mundial.
C)  Formar personas reflexivas, autónomas, solidarias, no
    discriminatorias y protagonistas de la construcción de su comunidad
    local, de la cultura, de la identidad nacional y de una sociedad con
    desarrollo sustentable y equitativo.
D)  Propender al desarrollo de la identidad nacional desde una
    perspectiva democrática, sobre la base del reconocimiento de la
    diversidad de aportes que han contribuido a su desarrollo, a partir de
    la presencia indígena y criolla, la inmigración europea y
    afrodescendiente, así como la pluralidad de expresiones culturales que
    enriquecen su permanente evolución.
E)  Promover la búsqueda de soluciones alternativas en la resolución de
    conflictos y una cultura de paz y de tolerancia, entendida como el
    respeto a los demás y la no discriminación.
F)  Fomentar diferentes formas de expresión, promoviendo la diversidad
    cultural y el desarrollo de las potencialidades de cada persona.
G)  Estimular la creatividad y la innovación artística, científica y
    tecnológica.
H)  Integrar el trabajo como uno de los componentes fundamentales del
    proceso educativo, promoviendo la articulación entre el trabajo manual
    e intelectual.
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