Fecha de Publicación: 16/01/2009
Página: 247-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 31

 (De la formación en educación).- La formación en educación se concebirá
como enseñanza terciaria universitaria y abarcará la formación de
maestros, maestros técnicos, profesores, profesores de educación física y
educadores sociales, así como de otras formaciones que el Sistema Nacional
de Educación requiera.
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