(Concepto).- En todo centro educativo público de Educación Inicial,
Primaria, Media Básica y Medio Superior y Educación Técnico-Profesional,
funcionará un Consejo de Participación integrado por: estudiantes o
participantes, educadores o docentes, madres, padres o responsables y
representantes de la comunidad.
Los respectivos Consejos de Educación reglamentarán su forma de elección y
funcionamiento.
Los Consejos de Participación de Centros Educativos de Educación Media
Básica, Educación Media Superior y Educación Técnico-Profesional (UTU)
deberán incluir entre sus miembros, al menos un tercio de representantes
estudiantiles.