Fecha de Publicación: 21/09/2009
Página: 733-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Ley 18.562

Dispónese que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas realice
anualmente, un sorteo especial de lotería cuya recaudación sea destinada a
total beneficio del Hospital Pasteur.
(2.209*R)

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

 La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas realizará anualmente, en
fecha que determinará el Poder Ejecutivo, un sorteo especial de lotería,
cuyo premio mayor no será inferior a la quinta parte de la lotería mayor
del año, a total beneficio del Hospital Pasteur, con destino a obras de
remodelación, ampliación y conservación del mencionado establecimiento.

Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; ALVARO GARCIA; MARIA JULIA
MUÑOZ.
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