Fecha de Publicación: 16/10/2009
Página: 181-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 8

 Los objetivos de la presente ley deberán ser considerados e incluidos en
el diseño de políticas nacionales sectoriales, particularmente en los
casos de las políticas de vivienda, transporte y desarrollo industrial.
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