Los Gobiernos Departamentales, en el ejercicio de su competencia,
establecerán requisitos mínimos de uso eficiente de energía para las
nuevas edificaciones construidas, así como en materia de transporte
colectivo y alumbrado público, siguiendo las pautas y normas de eficiencia
energética y ambientales establecidas a nivel regional y coordinándolos
con los Ministerios de Industria, Energía y Minería y de Transporte y
Obras Públicas, respectivamente.
CAPITULO III
INFORMACION AL PUBLICO