Fecha de Publicación: 09/03/2010
Página: 614-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 16

 La Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad creará un Servicio de
Asesoramiento para dar:
1)     Información sobre los derechos de las personas con discapacidad y
       de los medios de rehabilitación.
2)     Orientación terapéutica, educacional o laboral.
3)     Información sobre mercado de trabajo.
4)     Orientación y entrenamiento a padres, tutores, familiares y
       colaboradores.
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