Sustitúyese el artículo 207 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008,
por el siguiente:
"ARTICULO 207.- Créase, a partir de la promulgación de la presente
ley, el Fondo Agropecuario de Emergencias, cuya titularidad y
administración corresponderá al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca", con destino a atender las pérdidas en las
materias involucradas en la actividad productiva de los
establecimientos afectados por emergencias agropecuarias, lo que
podrá materializarse en apoyo financiero, infraestructuras
productivas o insumos que contribuyan a recuperar las capacidades
perdidas como resultado del evento ocurrido.
Se define como emergencia agropecuaria la derivada de eventos
climáticos, sanitarios o fitosanitarios extremos que afecten
decisivamente la viabilidad de los productores de una región o rubro.
La reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo establecerá las
formas y condiciones en que podrá requerir el reembolso total o
parcial de los apoyos recibidos por los productores.
El Fondo creado se financiará con:
A) El saldo disponible no comprometido al 31 de diciembre de
2007, de la recaudación del Impuesto Específico Interno al
azúcar refinado en envases o paquetes de hasta 10 kilogramos:
10%(diez por ciento) en el año 2001; hasta 8% (ocho por
ciento) en el año 2002; hasta 6% seis por ciento) en el año
2003 y hasta 4% (cuatro por ciento) en el año 2004 (Ley N°
17.379, de 26 de julio de 2001, Fondo de Reconversión del
Sector Azucarero).
B) El saldo disponible no comprometido al 31 de diciembre de
2010 del Fondo de Compensación para la Industria Láctea.
C) Los reembolsos derivados de la ejecución de los convenios que
se celebren con organismos públicos o privados, nacionales o
extranjeros, en cumplimiento del presente artículo.
D) Las partidas asignadas por Rentas Generales.
E) Herencias, legados y donaciones que reciba.
F) Los otros ingresos que se le asignen por vía legal o
reglamentaria.
Derógase la Ley N° 17.379, de 26 de julio de 2001, Fondo de Reconversión del Sector Azucarero.
De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General".