Fecha de Publicación: 19/08/2011
Página: 425-A
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 21

 (Presentación de las ofertas).- Las ofertas deberán incluir todos los
elementos requeridos y necesarios para la realización del proyecto. La
reglamentación establecerá las condiciones para dicha presentación, la
documentación exigida, las formas para la apertura de las ofertas, la
posibilidad de formular aclaraciones, rectificaciones o salvedades y las
actas que deberán labrarse.
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