Fecha de Publicación: 19/08/2011
Página: 432-A
Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 5

 Encomiéndase al Poder Ejecutivo, en el plazo de un año contado desde la
entrada en vigencia de la presente ley, la realización de un Texto
Ordenado de la normativa vigente sobre derechos, garantías y deberes de
los obligados tributarios, en el marco de su relación con la Dirección
General Impositiva. Dicho Texto Ordenado se actualizará cada dos años.
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