Fecha de Publicación: 04/11/2011
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 (Objetivos).- Son objetivos del Plan Juntos:
A)     Abordar la problemática de los sectores de la población que viven
       en situación de pobreza extrema, mediante acciones tendientes a la
       mejora de la calidad de vida, la integración social y el
       fortalecimiento de la participación.
B)     Contribuir a la mejora del hábitat y la vivienda a través de la
       implementación de acciones estratégicas consistentes, entre otras,
       en el mejoramiento de la vivienda, la relocalización de
       asentamientos o áreas precarizadas no regularizables y la mejora de
       la infraestructura de asentamientos o áreas precarizadas.
C)     Fortalecer los procesos de aplicación de las políticas sociales.
D)     Articular los aportes solidarios provenientes de diversos actores
       públicos y privados.
E)     Coordinar y articular acciones con los Ministerios, los Gobiernos
       Departamentales y demás organismos públicos, en especial aquellos
       que desarrollan y articulan políticas sociales, a fin de
       implementar programas y gestionar recursos financieros y humanos
       para el cumplimiento de las líneas de acción del Plan Juntos.
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