(Exoneraciones tributarias).- Exonérase de todo tributo nacional a las
siguientes operaciones:
A) Las donaciones y legados de cualquier tipo cuyo destinatario sea la
Unidad Operativa Central del Plan Juntos.
B) Las adjudicaciones de viviendas en comodato o propiedad que realice
el Plan Juntos a través de la Unidad Operativa Central.
C) El registro, ejecución y regularización de todos los actos y
contratos vinculados con las obras de refacción, reciclaje y
construcción de bienes inmuebles realizados en el marco del Plan
Juntos.