(Competencia de la Unidad Operativa Central).- Son atribuciones de la
Unidad Operativa Central:
A) Proponer al Poder Ejecutivo, para su aprobación, un programa anual
con las prioridades de intervención e inversión del Plan Juntos. La
propuesta de la Unidad Operativa Central contemplará las
iniciativas de la población organizada y de los Gobiernos
Departamentales.
B) Dictar las resoluciones de intervención del Plan Juntos, en el
marco del programa anual aprobado por el Poder Ejecutivo.
C) Ejecutar y realizar el seguimiento de las políticas aplicables al
Plan Juntos, así como las que se coordinen con los Gobiernos
Departamentales y demás organismos públicos.
D) Monitorear y evaluar los resultados obtenidos e impactos del Plan
Juntos.
E) Coordinar y suscribir convenios con los Gobiernos Departamentales y
demás organismos públicos, así como con personas privadas y la
sociedad civil organizada, para el diseño y ejecución del Plan
Juntos.
F) Promover e impulsar la participación solidaria de la sociedad a
través de diferentes modalidades.
G) Organizar, dirigir y gestionar el Registro Único de Participantes
del Plan Juntos (RUPP).
H) Promover, apoyar y coordinar la formación de unidades
departamentales.
I) Administrar y ser ordenador secundario de gastos y pagos de los
recursos del Fondo que se crea por el artículo 17 de esta ley.
J) Resolver el egreso de los participantes del Plan Juntos.