Fecha de Publicación: 11/01/2012
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Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 16

 Los gastos previstos en los artículos 13 y 15 de la presente ley se
financiarán desde el Programa URU 06/19 "Apoyo al Mides" cuando deban
ejecutarse en el año 2011, y estarán a cargo del presupuesto del Inciso 15
-unidad ejecutora 001- programa 500 -proyecto 112- objeto del gasto 299,
por las erogaciones que se produzcan desde el año 2012 en adelante.
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