PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
(Obligaciones).- Los usuarios deberán poner a disposición de los funcionarios designados al efecto por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la información o documentación que les fuera requerida, exclusivamente referida a la contratación del servicio postal. CAPÍTULO IV SERVICIO POSTAL UNIVERSALAyuda