PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
(Validación de conocimientos).- La Universidad Tecnológica podrá validar los conocimientos adquiridos por las personas fuera de la educación formal, otorgando créditos o expidiendo los certificados a los que refiere el artículo 39 de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓNAyuda