Fecha de Publicación: 28/08/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

 (Ámbito de aplicación).- El presente Capítulo tiene como ámbito de
aplicación todos los espacios públicos del país, ya sean urbanos,
suburbanos o rurales.
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