Fecha de Publicación: 28/08/2013
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 65

 (Suscripción de un compromiso de gestión).- El funcionario seleccionado
deberá suscribir un compromiso de gestión aprobado por el jerarca,
independientemente de su proyecto presentado, a desarrollar en el
Departamento, División o Área, en atención a las pautas, políticas y
estrategias definidas y alineado al Plan Estratégico del Inciso.
Las funciones de administración superior tendrán una vigencia de hasta
seis años, pudiendo el funcionario volver a concursar por la que ejercía.
Vencido el plazo o evaluado negativamente durante el transcurso del mismo,
el funcionario de carrera volverá a desempeñar tareas correspondientes a
su cargo y nivel.
Ayuda