Fecha de Publicación: 09/09/2013
Página: 18
Carilla: 18

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 3

 Las acciones afirmativas a que refiere el artículo 2° de esta ley, se
encuadran en el cumplimiento de los artículos 7°, 8° y 72 de la
Constitución de la República y en las normas internacionales de los
derechos humanos, en tanto garantizan el pleno goce de los derechos
reconocidos, la igualdad entre los habitantes de la República y los
derechos y garantías que derivan de la personalidad humana.
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