Fecha de Publicación: 09/09/2013
Página: 18
Carilla: 18

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 7

 Agrégase al inciso tercero del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de
enero de 1998, el siguiente literal:

"G) Incorporen a la plantilla de la empresa personal proveniente de la
    población afrodescendiente del país".
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