PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
(Deducciones no admitidas).- Sustitúyese el literal F) del artículo 24
del Título 4 del Texto Ordenado 1996, por el siguiente:
"F) El Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE),
el Adicional del IRAE específico a la renta proveniente de la
explotación de la Minería de Gran Porte y el Impuesto al
Patrimonio".
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